Marco legal aplicable
- Ley Federal del Trabajo (arts. 24-28): reconoce los contratos individuales por escrito.
- Código de Comercio (arts. 89-99): equipara mensajes de datos a documentos físicos.
- NOM-151-SCFI-2016: norma de conservación.
- Tesis aisladas en materia laboral: aceptan contratos electrónicos cuando se acredita autoría y fecha cierta.
Flujo recomendado
El colaborador recibe el contrato por correo o desde el portal de RH. Firma con e.firma del SAT (si es trabajador formal) o con firma electrónica simple + biometría/OTP (si es trabajador eventual). El sistema cierra el flujo calculando el hash SHA-256 del PDF final y solicitando un sello de tiempo NOM-151. La constancia se guarda junto al expediente digital del colaborador.
Errores comunes en RH
- Firmar solo con clic-aceptar sin segundo factor: el peso probatorio cae drásticamente.
- Conservar el PDF sin sello de tiempo: cualquier modificación posterior queda indetectable.
- Usar plataformas sin PSC autorizado: el TSR no es oponible en juicio.
- No guardar el log de IP, dispositivo y fecha del firmante: dificulta acreditar consentimiento.
Impacto operativo
Empresas con flujo digital + NOM-151 reportan reducciones de 70% en tiempo de onboarding, eliminación del archivo físico y respuesta inmediata ante auditorías de la STPS o IMSS. El costo por contrato sellado oscila entre 1 y 5 pesos según volumen.