Marco legal
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Valor probatorio del documento digital: lo que realmente revisa un juez en México

Cuando un mensaje de datos se ofrece como prueba en juicio, el juez no se conforma con el archivo: revisa atributos específicos. Conocerlos es la diferencia entre una prueba plena y una desestimada.

Por Miguel Ángel Tépoz Medina
Lic. Sistemas de Computación Administrativa — UVM; MBA — The Power MBA, España

Base normativa

El artículo 89 del Código de Comercio reconoce que los mensajes de datos producen los mismos efectos que los documentos tradicionales. El artículo 49 obliga a conservarlos íntegros por al menos 10 años y la NOM-151-SCFI-2016 detalla cómo demostrar esa integridad.

Los cuatro criterios que evalúa el juez

  • Integridad: que el documento no fue alterado desde su creación.
  • Fecha cierta: que existía en un momento específico y verificable.
  • Atribución: que se puede vincular con quien dice haberlo emitido.
  • Accesibilidad: que puede consultarse posteriormente sin pérdida.

Cómo la NOM-151 cubre esos criterios

El hash SHA-256 más el TSR de un PSC autorizado cubren integridad y fecha cierta de forma irrefutable. La atribución se refuerza con e.firma o evidencia complementaria. La accesibilidad se logra conservando el archivo y la constancia, ambas verificables sin intermediarios.

Errores frecuentes que invalidan evidencia

  • Capturar pantallazos en lugar de conservar el archivo original.
  • Alterar el PDF para resaltar zonas (rompe el hash).
  • Usar sellos de tiempo de proveedores no acreditados ante la Secretaría de Economía.
  • No conservar la constancia ni el TSR junto con el documento.

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