Marco legal
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Valor probatorio del documento digital: lo que realmente revisa un juez en México

Cuando un mensaje de datos se ofrece como prueba en juicio, el juez no se conforma con el archivo: revisa atributos específicos. Conocerlos es la diferencia entre una prueba plena y una desestimada.

Base normativa

El artículo 89 del Código de Comercio reconoce que los mensajes de datos producen los mismos efectos que los documentos tradicionales. El artículo 49 obliga a conservarlos íntegros por al menos 10 años y la NOM-151-SCFI-2016 detalla cómo demostrar esa integridad.

Los cuatro criterios que evalúa el juez

  • Integridad: que el documento no fue alterado desde su creación.
  • Fecha cierta: que existía en un momento específico y verificable.
  • Atribución: que se puede vincular con quien dice haberlo emitido.
  • Accesibilidad: que puede consultarse posteriormente sin pérdida.

Cómo la NOM-151 cubre esos criterios

El hash SHA-256 más el TSR de un PSC autorizado cubren integridad y fecha cierta de forma irrefutable. La atribución se refuerza con e.firma o evidencia complementaria. La accesibilidad se logra conservando el archivo y la constancia, ambas verificables sin intermediarios.

Errores frecuentes que invalidan evidencia

  • Capturar pantallazos en lugar de conservar el archivo original.
  • Alterar el PDF para resaltar zonas (rompe el hash).
  • Usar sellos de tiempo de proveedores no acreditados ante la Secretaría de Economía.
  • No conservar la constancia ni el TSR junto con el documento.

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